"Lo
central que cabe afirmar al respecto es que durante la dictadura militar, la violación a
los derechos humanos fue parte integrante de un sistema represivo definido como política
de Estado por las Fuerzas Armadas, y puesto en práctica durante toda la vigencia de la
misma, y que se tradujo en miles de desaparecimientos y ejecuciones sumarias de personas;
aplicación de la tortura como método sistemático de interrogatorio a detenidos;
privación de libertad de cientos de miles de personas; exilio de otros tantos miles de
compatriotas; exclusión y persecución laboral; y denegación del ejercicio de garantías
fundamentales como el derecho de asociación, a la libertad de pensamiento y expresión, y
el derecho a la información, por citar algunos."MESA de DIALOGO por los DERECHOS HUMANOS
Un diálogo para la verdad y la justicia
Intervención de Héctor Salazar Ardiles el 14 de septiembre de 1999
Iniciado el diálogo al cual nos invitó el señor Ministro
de Defensa Nacional, hemos conocido importantes intervenciones de algunos de los
convocados. Ha sido un intercambio franco, directo, sin eufemismos, de distintas visiones
de lo que ha sido nuestra tragedia nacional. Ya hemos dado el primer paso, y ese sólo
hecho me parece de una alta significación. Restablecer la comunicación por tanto años
interrumpida, por sí sólo, es un síntoma extraordinariamente positivo, que ha causado
un favorable impacto en el país.
Reflexionando sobre el contenido de mi intervención, me
pregunté por qué estoy participando en esta mesa, cuáles son las motivaciones que me
impulsaron a concurrir a esta instancia, qué puedo yo decir acá.
Lo cierto es que más que encontrar unos buenos argumentos
justificatorios para ello, se me vino a la memoria el sufrimiento de tantas personas que,
por circunstancias de la vida, me tocó acompañar. Sentí el peso de esos sufrimientos
sobre mis hombros y la responsabilidad que tengo para con ellos. Comencé a pensar en las
miles y miles de víctimas que nuestra historia reciente ha producido, y vislumbré que en
esta mesa lo que precisamente debe estar presente es ese dolor acumulado; dolor que nos
apremia, que nos urge por encontrar caminos para aliviarlo. En suma, lo que quiero decir y
a lo que los invito es a tener siempre presente en nuestras conversaciones, ese dolor del
alma que embarga a miles y miles de compatriotas, que duele incluso más que el dolor
físico, y que se manifiesta persistentemente en nuestra sociedad.
Permítanme entonces invitarlos, a recordar a esas miles de
víctimas; a todas las víctimas de violaciones a los derechos humanos que ya no están
con nosotros y cuyos recuerdos atesoran sus seres queridos, a fin de rendirles un sencillo
pero significativo gesto de respeto, guardando un minuto de silencio.
Muchas gracias.
Hemos escuchada en esta mesa hablar de la necesidad de
hacer un análisis histórico de los últimos treinta años, para encontrar respuestas a
interrogantes tan simples como ¿Qué nos pasó? ¿Qué locura envolvió a este país que
nos condujo a un enfrentamiento fratricida? ¿Quiénes son los responsables de todo lo que
ocurrió?
Importante tarea es ésa, pero me pregunto si ella nos va
ha resolver el problema que nos ha convocado. ¿Vamos a saber, por ejemplo, qué paso con
los detenidos desaparecidos, analizando acaso el tantas veces citado Congreso de Chillán
del Partido Socialista del año 1967, como el origen de la violencia en Chile? Por cierto
que no.
Sin negar la importancia y la necesidad que tales
reflexiones se lleven a cabo, creo que no nos corresponde a nosotros emprender esa tarea.
El problema de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante el régimen
militar -hecho a estas alturas no discutido- permanecerá inalterable, sea que
históricamente el golpe de estado haya sido consecuencia de la ineptitud de unos u otros
sectores del mundo civil, o que en su génesis haya existido o no un amplio respaldo
popular. La legitimidad del golpe militar, hecho tan caro para las Fuerzas Armadas, no es
algo que nos corresponda discutir en esta mesa. Más aún, incluso en el hipotético caso
que todos concordáremos en la inevitable necesidad de la intervención de las FF.AA. el
11 de septiembre de 1973, tampoco resolveríamos el problema que nos convoca.
Por ello, creo insostenible intentar buscar justificaciones
o explicaciones a lo que ocurrió en materia de violaciones a los derechos humanos, a
través del expediente de presumir que el golpe de estado y el gobierno militar, llevaban
implícitos tales violaciones. Me parece que, por lo menos explícitamente, ningún
representante de las FF.AA. lo ha planteado de esa forma hasta el momento.
Me parece entonces útil separar ambos planos: una cosa es
el golpe militar y sus causas y otra muy distinta las violaciones a los derechos humanos
cometidas durante el gobierno de las FF.AA. Pretender ligar en forma inevitable e
indisoluble ambas cosas, supondría aceptar que es de la esencia de una intervención
militar como la vivida en nuestro país, el que se violen los derechos fundamentales de
las personas.
Tal hipótesis me parece inaceptable pues trae envuelta una
conclusión éticamente reprochable: las violaciones a los derechos humanos no serían
culpa de nadie, o, lo que es lo mismo, culpa de todos, pues todos tendríamos cuotas de
responsabilidad en la generación del golpe de estado.
Es por eso que el argumento de que es necesario analizar el
problema de las violaciones a los derechos humanos dentro de un contexto histórico más
amplio, lleva implícito la necesidad de diluir culpas propias en otros segmentos sociales
del país, para así alivianar la carga.
No creo que ese sea el camino para el reencuentro de los
chilenos. No es posible aceptar una suerte de empate moral en esta materia. Frente a las
violaciones a los derechos humanos hay una realidad insoslayable: la relación existente
es entre víctimas y victimarios, y esa distinción tiene que quedar meridianamente clara.
Me parece también importante hacer otra distinción muy
necesaria: indudablemente, como lo señaló el señor Almirante, antes, durante y después
del gobierno militar, se han violado los derechos humanos en Chile. ¡Quién puede
negarlo! Más aún, es posible que en el futuro gobierno más de alguna violación de esta
naturaleza pueda ocurrir.
Sin embargo, hay algo que hace que las violaciones a los
DD.HH. llevadas a cabo durante la dictadura, adquieran una especial significación. Si no,
preguntémonos por qué estamos sentados hoy en esta mesa de diálogo, y por qué ello no
fue necesario con respecto de los gobiernos civiles anteriores y posteriores al régimen
militar.
Si las FF.AA. han concurrido a esta mesa, no es porque se
violaron algunos DD.HH. durante el Gobierno que encabezaron. No se trató de excesos
incontrolables de algunos uniformados, dadas las circunstancias históricas que se vivían
en el país.
Por cierto que no.
Lo que debemos tener la capacidad de concordar es
precisamente la magnitud, el carácter y la extensión que adquirieron las violaciones a
los DD.HH. durante la dictadura militar, y, ese ejercicio, ya acertada pero
insuficientemente descrito en el informe de la Comisión Rettig, nos permitirá concluir
que no es posible, si se quiere ser medianamente objetivo y veraz, hacer una equivalencia
entre lo que aconteció en los gobiernos anterior y posterior al gobierno autoritario y lo
ocurrido en éste, en materia de violaciones a los derechos humanos.
Lo central que cabe afirmar al respecto es que durante la
dictadura militar, la violación a los derechos humanos fue parte integrante de un sistema
represivo definido como política de Estado por las Fuerzas Armadas, y puesto en práctica
durante toda la vigencia de la misma, y que se tradujo en miles de desaparecimientos y
ejecuciones sumarias de personas; aplicación de la tortura como método sistemático de
interrogatorio a detenidos; privación de libertad de cientos de miles de personas; exilio
de otros tantos miles de compatriotas; exclusión y persecución laboral; y denegación
del ejercicio de garantías fundamentales como el derecho de asociación, a la libertad de
pensamiento y expresión, y el derecho a la información, por citar algunos.
Es por ello que hoy estamos sentados en esta mesa: para
hacernos cargo de esta pesada herencia y ver cómo la asumimos y damos cuenta de ella
ahora.
Para que pudiera llevarse a cabo esta gigantesca empresa
represiva, fue necesario contar con el concurso de todo el aparato del Estado, incluidas
las Fuerzas Armadas, el cual operó sin más límites que aquellos definidos por
Maquiavelo en su tristemente célebre frase "el fin justifica los medios".
¿En qué se tradujo todo esto?
Muy sintéticamente significó lo siguiente: se aplicaron
cuantiosos recursos públicos en la implementación de dicha política; se dictó una
legislación ad hoc que también persiguió asegurar la impunidad de los hechores; se
destinó a miles de funcionarios públicos, preferencialmente miembros de las diversas
ramas de las FF.AA., a dichas tareas; se establecieron recintos secretos de detención,
equipados de infraestructura para torturar; se establecieron campamentos de detenidos a lo
largo del país; se les equipó con armamentos y vehículos; se brindó documentación de
identidad falsa a los miembros de los organismos de seguridad, tanto para circular a
dentro del país como en el exterior; se establecieron mecanismos centralizados y
canalizados a través del Ministerio del Interior, para responder los requerimientos
judiciales ante denuncias de violaciones a los DD.HH., inhibiendo de esta forma, que
éstos investigaran directamente al interior de los organismos de seguridad; se informó
falsa o distorcionadamente a los organismos internacionales con respecto a lo que sucedía
en Chile en materia de violaciones a los DD.HH.; se impuso una estricta censura a los
medios de información para inhibir o neutralizar la denuncia pública de tales
violaciones; se amplió excesivamente la competencia de los tribunales militares para
asegurar medidas represivas o de impunidad, a opositores al régimen o miembros de los
organismos de seguridad, según fuere el caso; se formó un verdadero ejército de
soplones que atisbaban y controlaban a la sociedad civil y a los propios uniformados; en
fin, fue todo un sistema el que se diseñó, construyó y se hizo funcionar, para
reprimir, sin cortapisas, a los "enemigos" reales o potenciales del régimen.
Sin cortapisas significa, en simples palabras, sin
considerar los derechos fundamentales de las personas, los cuales podían ser obviados si
las circunstancias así lo aconsejaban.
He ahí el meollo del problema y lo que marca la diferencia
con aquellas otras violaciones a los derechos humanos ocurridas durante gobiernos
democráticos, y que bien pueden calificarse propiamente de excesos.
Ahora bien, un fenómeno de tal naturaleza no se produce
por generación espontánea. Alguien lo concibió, definió su carácter y alcances,
determinó sus mecanismos de implementación, aplicó recursos, asignó tareas y
responsabilidades y, fijó las instancias evaluadoras de los resultados obtenidos.
La pregunta es entonces, ¿En qué instancias de las FF.AA.
se tomaron estas decisiones?
La envergadura y complejidad de los objetivos perseguidos,
el alto grado de sensibilidad que el tema representaba para las FF.AA., y el hecho de que
ellas se habían hecho cargo del Gobierno del país, llevan a concluir que una política
de tal naturaleza sólo fue posible de concebir y diseñar a nivel de los Estados Mayores
de las distintas ramas de la defensa nacional, que para estos efectos debieron
obligadamente actuar en forma conjunta y coordinada.
Suponer que no fue así, es sencillamente creer que
nuestras FF.AA. son una simple montonera, en donde cada cual actúa de acuerdo a su propio
arbitrio, y al margen de todo control y, por cierto, la experiencia histórica nos enseña
que ello no es así. Nuestras FF. AA. son, y han sido, extraordinariamente disciplinadas y
jerarquizadas.
Todo lo dicho hasta ahora no es una mera especulación
teórica. Son las conclusiones inevitables a las que se arriba después de conocer los
hechos.
Frente a una experiencia de tal envergadura e impacto, en
la que las FF.AA. se encuentran comprometidas tan vitalmente, no es posible sostener, tan
sencillamente que no se tienen antecedentes. Incluso, en el hipotético caso que se
aceptare tal aserto, aún en tal evento es posible exigir de las FF.AA. la entrega de los
antecedentes, puesto que si no los tienen, es su obligación moral y legal recabarlos.
Las FF.AA. no pueden sustraerse de la responsabilidad que
tienen en esta materia, puesto que era y es su obligación conocer lo que estaba
aconteciendo, y si nada hicieron o actualmente hacen para ello, están faltando a un deber
militar elemental, definido en el Art. 10 del Reglamento de Disciplina para las FF.AA,
disposición que establece de forma meridianamente clara que: "El superior no podrá
disculparse con la omisión o descuido de sus inferiores en los asuntos que pueda y deba
vigilar. Para esto, con la debida oportunidad, velará por el cumplimiento de las
órdenes, y si hay omisiones, tomará las medidas que el caso aconseje, en la inteligencia
de que si no obra con celo y rigor, la responsabilidad recaerá sobre él".
No creo que sea posible seguir sosteniendo la carencia de
antecedentes en materia de violaciones a los derechos humanos, sin que se infrinja, en
forma evidente, la norma reglamentaria citada.
Hemos señalado la magnitud y el carácter de las
violaciones a los derechos fundamentales, cometidas durante el gobierno militar. Las
conclusiones reseñadas no son obra de quien habla, sino el juicio que adquirieron, entre
otros, las iglesias Católica y Evangélicas, los organismos internacionales públicos y
privados especializados en derechos humanos, la Comisión de Verdad y Reconciliación, y
lo que cuenta más, es la convicción moral instalada en la conciencia del pueblo chileno.
Con todo, me ha parecido necesario ilustrar tales
conclusiones con algunos ejemplos. Se trata de ir a conocer los hechos, los porfiados
hechos, sostenidamente presentes en nuestra sociedad. Los casos que a continuación
reseñaré, son ilustrativos de lo que hemos afirmado:
1.- El día 4 de agosto de 1976, fue detenido en Santiago,
por agentes de la DINA, don DANIEL PALMA ROBLEDO, que a la sazón tenía 60 años de edad.
El señor Palma era un militante del Partido Comunista Bandera Roja. Su detención se
produjo en la vía pública, y junto con él desapareció también el vehículo de su
propiedad en el que se movilizaba, una Renoleta de color celeste, del año 1972, patente
VI-552 de la Municipalidad de Ñuñoa. Ninguna noticia se tuvo de su paradero desde su
desaparición hasta ahora. Sus familia dio cuenta del hecho a los tribunales como
igualmente denunció el robo de su vehículo.
El 21 de mayo de 1977, el ciudadano francés, Marcel
Duhalde, fue asaltado por dos sujetos armados, mientras se encontraba en su vehículo
una Renoleta del año 1977, patente TH-310- en la zona centro sur de la capital. Sus
asaltantes lo dejaron abandonado en la zona del Cajón del Maipo, robándole su vehículo.
El ciudadano francés hizo la denuncia respectiva a
Carabineros, y así fue como personal de la Sección de Encargo y Búsqueda de Vehículos
se hizo cargo de las pesquisas. Después de una rápida y eficiente investigación los
funcionarios policiales lograron ubicar el vehículo robado y detener a los ladrones.
Estos resultaron ser dos agentes de la DINA, a saber: Manuel Jesús Leyton Robles, Cabo
del Ejército, y Heriberto del Carmen Acevedo Acevedo, Sargento de Carabineros.
En la casa de un hermano de Leyton Robles, ubicada en calle
Los Pioneros 0286, de la comuna de La Florida, la policía uniformada encontró el
vehículo robado al ciudadano francés, pero además, descubrió una segunda Renoleta.
Esta resultó ser aquella de propiedad de don Daniel Palma Robledo, y que también se
encontraba encargada, por robo, a esa unidad policial.
Ambos agentes de la DINA, confesaron ante los funcionarios
policiales aprehensores que la Renoleta perteneciente a don Daniel Palma Robledo, en su
poder, había sido proporcionada a ellos por la DINA, y que la Renoleta perteneciente al
ciudadano francés la habían robado por orden de su jefe directo, el oficial de Ejército
Jorge Barriga Muñoz, a fin de proveerse de repuestos para el vehículo del servicio a su
cargo.
Ambos detenidos debieron ser entregados a la DINA por
órdenes superiores, y el Director de dicho organismo, coronel de Ejército, Manuel
Contreras Sepúlveda, en un oficio dirigido al Ministro de Defensa Nacional, denunció que
los citados agentes de la DINA habían sido torturados mientras fueron interrogados en un
cuartel de Carabineros, a fin de extraerles confesiones no verídicas.
Días más tarde, y en extrañas circunstancias, el cabo
Manuel Leyton Robles murió en una clínica de la DINA, a donde había sido internado por
órdenes superiores. Allí, siendo anteriormente visitado por su cónyuge, el cabo Leyton
le pidió que lo sacara de allí ya que temía ser asesinado.
Su funeral también se vio rodeado de extrañas
circunstancias, puesto que encontrándose en pleno velatorio, irrumpió en el lugar el
propio coronel Contreras, acompañado de varios oficiales, quien, con el pretexto de dar
las condolencias, dispuso el retiro de la urna del lugar, siendo devuelto el cuerpo del
fallecido horas después, en otra urna totalmente sellada sin que fuera posible ver el
cuerpo del difunto.
Respecto a la extraña muerte del cabo Leyton, de acuerdo
con antecedentes obtenidos en el caso "Letelier", se habría producido por
aplicación del gas sarín, que la DINA estaba fabricando en un laboratorio instalado en
la casa que dicho organismo había comprado al agente Michael Towley en Lo Curro.
Con respecto al incidente del robo de la Renoleta al
ciudadano francés y la localización de la Renoleta de propiedad de Daniel Palma Robledo,
se llevó a cabo una investigación judicial a cargo de un Fiscal Militar Ad-hoc de
Santiago, en el proceso Nº 242-77, en la que en definitiva fue condenado el Sargento de
Carabineros agente de la DINA, Heriberto del Carmen Acevedo Acevedo, a tres años de
presidio como autor del delito de robo con violencia en perjuicio de Marcel Duhalde. Con
respecto al desaparecimiento de don Daniel Palma Robledo y el por qué su Renoleta se
encontraba en poder de la DINA ninguna investigación llevó a cabo el Fiscal Militar.
Todos los intentos judiciales llevados a cabo por la
familia de don Daniel Palma Robledo a fin de establecer su paradero y las razones de la
presencia de su vehículo en poder de la DINA, resultaron vanos. Igualmente, resultaron
infructuosas las gestiones que llevó a cabo la cónyuge del desaparecido, doña Rosalía
Keller, ante el Ministro de Justicia de la época, don Miguel Schweitzer; ante el general
de Ejército Jorge Court; ante el señor William Thayer; representante del gobierno
militar ante la UNESCO; ante el General Herman Brady, quien era a la sazón Ministro de
Defensa. También, hizo gestiones ante el presidente de la Corte Suprema de Justicia en
esa época, don José María Eyzaguirre, quien le informó que personalmente se había
contactado con el coronel Manuel Contreras Sepúlveda, quien la había informado que el
general Augusto Pinochet estaba personalmente preocupado por que el caso de aclarara.
Finalmente, se le solicitó intervención al ex miembro de la Junta de Gobierno, general
del aire Gustavo Leigh y al ex presidente de la República, don Jorge Alessandri.
Nunca hubo una respuestas de las autoridades requeridas que
diera una respuesta respecto de la desaparición de don Daniel Palma Robledo y la extraña
presencia de su Renoleta en la DINA.
2.- Carlos Humberto Contreras Maluje era químico
farmacéutico, casado, con dos hijos. Militaba en el Partido Comunista.
Fue detenido por un grupo de agentes pertenecientes al
Comando Conjunto, el día 2 de noviembre de 1976, en la vía pública (Gran Avenida).
Tenía en ese entonces 29 años de edad. Fue reducido por un número de diez agentes,
quienes lo introdujeron a una camioneta Kleinbus Volkswagwen, perteneciente a la Marina.
Lo trasladaron a un recinto clandestino de detención y
tortura conocido como "La Firma", ubicado en calle Dieciocho de la capital,
donde funcionaron las antiguas oficinas del Diario Clarín.
Allí fue sometido a interrogatorios bajo tortura, producto
de lo cual, Contreras Maluje señaló a sus captores que debía concurrir a un
"contacto" con un compañero de su partido, información que decidió a los
agentes llevar al detenido al lugar del contacto para tender una emboscada a la persona
con la que debía encontrarse.
El día 3 de noviembre de 1976, alrededor del mediodía,
Contreras Maluje fue conducido por sus aprehensores hasta la calle Nataniel Cox, altura
del 900, siendo dejado en la vía pública mientras era vigilado a distancia por los
agentes, a fin de que llevara a cabo el contacto.
Contreras Maluje caminó por calle Nataniel Cox en
dirección sur, y, aprovechando el abundante tráfico, se lanzó a las ruedas de un
microbús de la Línea Vivaceta-Matadero N° 20, patente RX-614 de Providencia, conducido
por Luis Rojas Reyes, en presencia de numerosos testigos.
El microbús alcanzó a golpearlo en la cabeza antes de
detenerse y Contreras Maluje quedó botado en la calzada sangrando profusamente de su
cabeza. En tales condiciones comenzó a gritar "soy comunista, estoy detenido, son de
la DINA, avisen a la Farmacia Maluje de Concepción" junto con gritar su nombre.
Momentos después, pasó por el lugar del accidente un jeep
de Carabineros, el cual inmediatamente se detuvo bajando de él el capitán Clemente
Nicolás Burgos Valenzuela, quien se acercó al atropellado el cual le dijo quien era y
cual era su situación.
El oficial policial dio inicio al procedimiento de rigor en
caso de accidentes del tránsito, en los momentos en que llegó al sitio del suceso un
automóvil Fiat 125, de color celeste, patente EG-388, de las Condes, del cual se bajaron
cuatro individuos de civil, los que se acercaron al oficial y se identificaron como
miembros de la DINA, señalándole que venían persiguiendo al accidentado.
Desde ese momento se hicieron cargo de Contreras Maluje,
quien se resistía a ser detenido por tales civiles, y a viva fuerza fue introducido al
Fiat 125.
Por su parte, el Capitán de Carabineros, Clemente Nicolás
Burgos se dirigió a la 6ª. Comisaría, y estampó de su puño y letra la constancia de
los hechos acaecidos, tal cual fueron presenciados por él.
Ese mismo día, horas más tarde, fue detenido, por
personal de Carabineros, en su domicilio, el chofer del microbús, Luis Rojas Reyes, por
la responsabilidad que le podía caber en el atropello de una persona cuyos antecedentes
eran desconocidos, en calle Nataniel Cox, provocándole lesiones menos graves, siendo
dejado en libertad bajo fianza con citación a la 2ª. Fiscalía Militar, tribunal al cual
se remitió el Parte N° 41, que también consignaba que el herido había sido subido a un
vehículo Fiat 125, color celeste, patente EG-588, por un grupo de individuos que se
identificaron como agentes de la DINA, retirándolo del lugar, ignorándose su posterior
paradero, debido a que no concurrió a ningún centro asistencial.
Carlos Contreras Maluje fue llevado de vuelta al recinto
"La Firma", donde agentes del Comando Conjunto procedieron a golpearlo
duramente, no obstante encontrarse con la cabeza rota, un brazo fracturado y sangrar
profusamente por su boca.
Ese mismo día 3 de noviembre de 1976, probablemente en
horas de la noche, Contreras Maluje fue sacado del recinto en que se encontraba, siendo
llevado por sus captores a un sector de la Cuesta Barriga, donde fue ejecutado y sus
restos enterrados clandestinamente en ese lugar.
La detención de Contreras Maluje después de haber sido
atropellado, la llevaron a cabo agentes de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza
Aérea, a cargo de Roberto Fuentes Morrison, apodado "el Wally", que no estaban
adscritos a la DINA, sino que a otro grupo de inteligencia denominado Comando Conjunto, en
el que participaban también miembros de la Armada, Carabineros y civiles.
Después de ocurrido estos hechos, este grupo
antisubversivo se disolvió, retornando a las respectivas instituciones sus integrantes.
Por su parte, a consecuencia de la denuncia formulada por
la 6ª Comisaría de Carabineros, se dio inicio a la causa rol 2641-76, en la 1ª
Fiscalía Militar, donde declaró el chofer del microbús y el capitán de Carabineros
Clemente Nicolás Burgos, quienes ratificaron los hechos ya relatados.
La Fiscalía Militar despachó una orden de investigar a la
DINA, la que es informada por el Coronel Manuel Contreras Sepúlveda, con fecha 3 de
diciembre de 1976, en la que se señala que la DINA no ha detenido a Carlos Humberto
Contreras Maluje, y que la patente del Fiat 125 color celeste, corresponde a un automóvil
de propiedad de doña Isabel Guzmán Moreno, marca Peugeot.
A requerimiento del padre de Carlos Contreras Maluje, el
Fiscal Militar solicitó informes sobre la detención de éste, a todos los organismos de
seguridad de las FF.AA. y de Orden, informando todos ellos no haber detenido al afectado.
Igualmente declararon testigos presenciales del accidente de Contreras Maluje, como
nuevamente el oficial de Carabineros antes nombrado y el chofer del microbús, y todos
ellos identificaron a la persona atropellada como Carlos Contreras Maluje, conforme a la
foto de éste que se les exhibió.
Paralelamente a las gestiones ante la 1ª Fiscalía
Militar, el padre del afectado, don Luis Contreras Aburto, quien era abogado, había
presentado un recurso de amparo a favor de su hijo, el 15 de noviembre de 1976, ante la
Corte de Apelaciones de Santiago. Había sido alertado en Concepción por un testigo
anónimo que había presenciado el accidente y oído los dichos de Contreras Maluje cuando
estaba tirado en la calle herido.
El Ministro del Interior de la época, general de Ejército
Cesar Benavides Escobar, informó a la Corte que Carlos Humberto Contreras Maluje no se
encontraba detenido por orden de esa Secretaría de Estado. Después amplió su informe en
el sentido que "en el kardex de este Ministerio no existen antecedentes sobre la
persona investigada, ni se tiene conocimiento fidedigno de haber sido arrestado por algún
Organismo de Seguridad, ni tampoco se ha pronunciado ni se mantiene pendiente resolución
alguna que le afecte".
Recabando antecedentes sobre el automóvil Fiat 125, color
celeste, patente EG-388, del año 1976, el 31 de enero de 1977, se certificó en el amparo
que dicho automóvil era de propiedad del Fisco de Chile, y su patente había sido
solicitada por la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Fuerza Aérea de
Chile.
Con todos los antecedentes recabados en el recurso de
amparo, la 5ª Sala de la Corte de Apelaciones, acogió el recurso, y ordenó que el
Ministerio del Interior, a fin de restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida
protección del amparado Carlos Humberto Contreras Maluje, dispusiera su inmediata
libertad.
Sin embargo, el señor Ministro del Interior en oficio
enviado a la Corte, señaló que le era imposible cumplir que lo resuelto por el tribunal,
atendido que ese Secretario de Estado debía hacer plena fe de lo que otros organismos del
estado le informaban, y que en el caso de Contreras Maluje debe dar por establecido que no
se encuentra detenido por algún servicio u órgano de seguridad dependiente del Poder
Ejecutivo pues así le ha sido informado por las reparticiones consultadas.
Teniendo en cuenta el no cumplimiento de lo ordenado por la
Corte de Apelaciones, este Tribunal puso en conocimiento de la Corte Suprema tales hechos.
El máximo tribunal, ordenó a la Corte de Apelaciones identificar el organismo de
inteligencia envuelto en la detención de Contreras Maluje.
En cumplimiento de lo anterior, la Corte de Apelaciones, el
14 de abril de 1977, solicitó informes a la Dirección de Inteligencia del Ejército,
Carabineros y Fuerza Aérea, como igualmente al Servicio de Inteligencia Naval y la
Prefectura de Investigaciones de Chile. La Corte dispuso también, que la Dirección de la
Fuerza Aérea informara el nombre de los funcionarios de su dependencia que el día 3 de
noviembre de 1976, alrededor de las 11,30 horas, se encontraban a cargo del vehículo Fiat
125, patente EG-388.
El 28 de abril de 1977, el Director de Inteligencia de la
Fuerza Aérea, General de Brigada Enrique Ruiz Bunger, informó que el personal de ese
organismo no había detenido a Carlos Humberto Contreras Maluje, y que en lo tocante al
automóvil Fiat 126, patente EG-388, el día 3 de noviembre de 1976, se encontraba a su
disposición para su uso personal, encontrándose a las 11,30 Hrs. en una reunión con el
Director de Operaciones de la Fuerza Aérea, General Osvaldo Latorre.
Negativos informes respecto a la detención de Contreras
Maluje, evacuaron la Direcciones de Inteligencia de Carabineros, a través del Ministerio
del Interior, y el Servicio de Inteligencia Naval. Por su parte, el Director de
Inteligencia del Ejército, informó que esa repartición no tenía facultades para
realizar detenciones de ciudadanos.
Teniendo presente lo señalado en su informe por el General
de la Fuerza Aérea, Enrique Ruiz Bunger, con respecto al automóvil Fiat 125, patente
EG-388, la Corte decretó, con fecha 13 de mayo de 1977, tomarle declaración por medio de
oficio. Ante la negativa del citado General a responder el cuestionario que le remitió la
Corte, se reiteró la diligencia con fecha 15 de junio de 1977, poniendo en conocimiento
del Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea el hecho que el General Ruiz Bunge se ha negado
a prestar declaración, para que adoptare las medidas pertinentes.
Sólo el 28 de junio de 1977, el General Ruiz Bunge
respondió el cuestionario de la Corte, y en sus respuestas señaló que el día 3 de
noviembre de 1976, a las 11,30 horas no se encontraba haciendo uso personal del automóvil
Fiat 125, patente EG-388, pues lo había dejado estacionado frente al Ministerio de
Defensa desde las 8,30 horas y hasta las 14,30 horas, momento en que se dirigió en él a
su oficina de la Dirección de Inteligencia.
Agotada la investigación dispuesta por el máximo
tribunal, la Corte de Apelaciones de Santiago elevó nuevamente los antecedentes a la
Corte Suprema, ratificando lo resuelto en el recurso de amparo en el sentido de que
Contreras Maluje había sido detenido ilegalmente y que correspondía que fuera dejado en
libertad.
En la Corte Suprema se agregó al expediente un oficio
enviado por el General Augusto Pinochet Ugarte, con fecha 22 de marzo de 1977, al Segundo
Juzgado Militar de Santiago, a fin de que se llevara a cabo una completa y amplia
investigación con el objeto de esclarecer los hechos del secuestro de Carlos Humberto
Contreras Maluje.
En definitiva, y a pesar de que se acogió el recurso de
amparo a favor de Contreras Maluje, la autoridad ejecutiva no fue capaz de dar
cumplimiento a lo resuelto por la Corte en orden a dejar al afectado en libertad.
Por otra parte, el Juzgado de Aviación concentró bajo su
control la investigación judicial por las lesiones, secuestro, detención y
desaparecimiento de Carlos Humberto Contreras Maluje, en el proceso rol 148-77, teniendo
como fundamento para ello la circunstancia que aparecían implicados en esos hechos
efectivos de la Fuerza Aérea. Dicha causa no logró establecer la verdad de lo ocurrido
con esta víctima, y el 20 de diciembre de 1978, la Corte Marcial confirmó el
sobreseimiento temporal de la causa.
Los casos citados nos permiten precisamente demostrar
cómo, tratándose de violaciones a los derechos humanos, fue todo un sistema el que
operó para impedir que se esclarecieran los hechos. Se comprometió a todo el gobierno,
desde la más alta autoridad hasta el último de sus funcionarios, como igualmente al
conjunto de las FF.AA. en tal cometido.
Ello sólo fue posible por que existió una política
sistemática de represión política que incorporaba, para lograr sus objetivos, la
violación de los derechos humanos.
Si no se hace un reconocimiento del problema bajo esta
perspectiva, las FF.AA. quedarán atrapadas históricamente en una trampa que ellos mismos
ayudaron a construir.
¿Qué dicho reconocimiento tiene costos para las FF.AA.?
Efectivamente tiene costos. Por cierto que no es fácil aceptarlo y asumirlo, pero es
inevitable si se quiere reconstruir efectivamente la inserción de los hombres de armas en
la comunidad nacional.
El camino seguido hasta ahora solamente logrará aislarlas
más del pueblo chileno, con todo lo que eso significa en términos de seguir
profundizando aún más la brecha que las separa del mundo civil, con una inevitable
afectación de la unidad nacional, a la cual todos aspiramos.
Yo no dudo de la buena fe de los representantes de las
FF.AA. que concurren a esta mesa, pero debo ser muy enfático en reafirmar algo que ya se
ha dicho: No es creíble la afirmación de que no existen antecedentes sobre las
violaciones a los DD.HH. durante el régimen militar. Alguien, en alguna instancia está
faltando a la verdad, y por cierto, en tales circunstancias, no obstante todos los
esfuerzos que acá hagamos los que estamos sentados en esta mesa, no será posible
encontrar un camino de solución a nuestra tragedia.
Yo pido a los Comandantes en Jefe de las FF.AA. y de Orden
un gesto para desentramparnos: Les solicito que exijan públicamente a todos los efectivos
bajo su mando que, dando irrestricto cumplimiento al Art. 13 del Reglamento de Disciplina,
hagan llegar a sus mandos superiores toda la información de que tengan conocimiento en
relación a situaciones de violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el
régimen militar.
El mandato contemplado en dicha disposición reglamentaria
es muy sencillo:
"Todo militar, sin distinción de grado, deberá
tener acendrado culto por la verdad y la practicará en todos los actos de su vida. La
falta de veracidad es tanto mas grave cuanto mayor sea la graduación del que la
cometa."
El general Juan Carlos Salgado, ha señalado en esta mesa
que ella sería exitosa si como resultado de la misma no salieran vencedores ni vencidos.
Siento discrepar con él. Yo espero precisamente que de esta mesa salgan vencedores y
vencidos. Aspiro a que venza la verdad y la justicia, y que salga derrotada la impunidad.
Gracias.