Por
Ernesto Carmona
El
Colegio de Periodistas de Chile pedirá disculpas públicas
por la conducta impropia de sus afiliados que en 1975
mintieron para coadyuvar al montaje de falsos
enfrentamientos fraguados por
la Dirección
de Inteligencia Nacional (DINA) para justificar la
desaparición de 125 personas, en los casos conocidos como
Rinconada de Maipú y el de Los 119 de la Operación Colombo,
adscrita a la transnacional Operación Condor.
La
decisión de honrar la memoria de las víctimas en presencia
de sus familiares fue acordada como un gesto pendiente por
la entidad profesional después que fracasara una impugnación
del fallo de sus Tribunales de Ética y Disciplina
introducida ante
la Corte
de Apelaciones de Santiago por Claudio Sánchez, uno de los
periodistas sancionados. Todos los demás afectados acataron
los fallos éticos de la entidad profesional.
En
el acto, programado para el sábado 21 de junio, a las 11
horas, en la sede del Colegio Amunátegui 31, intervendrán
Luis Conejeros, presidente del Colegio, quien explicará el
sentido de este gesto; Juanita Rojas, presidenta del
Tribunal Nacional de Ética y Disciplina (TRINED) y Alfredo
Taborga, presidente del Tribunal Regional Metropolitano (TRED),
correspondiente a Santiago, quienes se referirán al
procedimiento ético-disciplinario. También hablarán
Isabel Gallardo, familiar de tres de las seis víctimas del
caso Rinconada de Maipú y Roberto DOrival, del Colectivo de
Familiares y Compañeros de Los 11 y hermano de una de las víctimas.
El
encuentro concluirá con la entrega de un documento que
formalizará simbólicamente la solicitud de disculpas
institucionales en desagravio a la memoria de las víctimas
por la participación de sus afiliados en la fabricación de
acciones armadas que nunca existieron. Incluso hubo
periodistas de TV que reportearon desde el sitio del suceso
Rinconada de Maipú mostrando la locación donde supuestos
terroristas ya asesinados por
la DINA
habrían enfrentado a las fuerzas represivas, exhibiendo
casquillos vacíos de proyectiles, pero sin mostrar ningún
cadáver. La revista Qué Pasa llegó a citar como testigo
presencial a un niño de 8 años.
Los
sancionados
Los
dos procedimientos ético-disciplinarios del Colegio
acogieron denuncias de familiares de las víctimas de ambos
casos presentadas en 2006 y 2007 contra los periodistas y
los medios en que trabajaban, entre otros Canal 13 de
la Universidad
Católica
, el estatal Canal 7 o Televisión Nacional (TVN), El
Mercurio,
La Segunda
, Las Ultimas Noticias y
La Tercera.
Las
empresas periodísticas jamás pidieron disculpas a sus
lectores, por mentirles, ni a las víctimas, por deshonrar
su memoria. Incluso tuve ocasión de presenciar en 2006
Por
su participación en el montaje de Rinconada de Maipú, la
entidad profesional sancionó con la expulsión a Roberto
Araya Silva y suspendió la colegiatura, con censura pública,
a Julio López Blanco, Vicente Pérez Zurita, Manfredo Mayol
todos de TVN-Canal 7 en 1975 y a Claudio Sánchez, entonces
en Canal 13 UC.
En
el Caso de Los 119 sufrieron suspensión y censura pública
Fernando Díaz Palma, en 1975 director de Las Últimas
Noticias, matutino de circulación nacional de la cadena El
Mercurio; Alberto Guerrero Espinoza, entonces director de
La Tercera
, y Beatriz Undurraga Gómez, de El Mercurio.
Por
fallecimiento, fueron declarados no imputables los entonces
directores de El Mercurio, René Silva Espejo, y del
vespertino
La Segunda
también de El Mercurio, Mario Carneyro. Todos esos medios
también infringieron la ética profesional al difundir
informaciones falsas respecto de los crímenes de
la Operación Colombo.
El
Tribunal de Ética determinó que quienes publicaron las
informaciones sobre el caso Colombo "no cumplieron con
su obligación de confrontar los hechos base de la noticia
con otras fuentes que no fuera la oficial, con lo cual
fallaron en entregar la verdad que la ciudadanía tenía el
derecho a recibir". En este caso fue absuelta la
periodista de El Mercurio Mercedes Garrido Garrido, porque
"las acusaciones formuladas en su contra no fueron
probadas".
Rinconada
y Colombo
En
el fallo de Rinconada de Maipú, el Tribunal de Ética estimó
que Julio López y Claudio Sánchez tenían
responsabilidades diferentes. Según el proceso, que es público,
López admitió ante la fiscal Doris Jiménez haber mentido
en su despacho porque agentes de
la DINA
le entregaron el libreto listo y lo llevaron hasta el lugar
para filmar el falso enfrentamiento, con el propósito de
justificar el asesinato de seis militantes del MIR y del PC,
torturados y acribillados en Villa Grimaldi. López incluso
se mostró arrepentido y manifestó su disposición a pedir
disculpas públicas a los familiares de las víctimas.
Sánchez
fue sancionado por negarse a concurrir a declarar, pero
Canal 13 envió una carta al Colegio reconociendo que éste
periodista efectivamente aparece en una cinta informando
sobre el mismo suceso, pero se negó entregar el video por
un juicio laboral con Sánchez, que a la postre el
periodista también perdió. También recurrió ante
la Corte
de Apelaciones contra la sentencia del Tribunal de Ética,
pero perdió por votación unánime.
En
el caso Operación Colombo, también en 1975, la dictadura
pretendió hacer creer que 119 presos políticos, habían
huido a Argentina donde encontraron la muerte en un combate
con fuerzas militares o matándose entre ellos mismos, en
dos episodios ficticios distintos. Los medios citados en el
juicio ético difundieron ampliamente la mentira y agregaron
de su propia cosecha toda clase de injurias contra las víctimas.
Yo
Claudio
Sánchez
apeló ante la justicia ordinaria, reclamando diccionario en
mano por el trato de imputado que le dio el lenguaje del
Tribunal de Ética del Colegio de Periodistas, aunque en
1975 vilipendió a las víctimas de
la Rinconada
de Maipú. Hoy sólo aparece como locutor en off del
noticiario de Megavisión, después de haber sido el hombre
ancla de esa estación del multi-millonario Ricardo Claro.
Al
disparar en
la Corte
sus dardos contra el Tribunal de Ética de
la Región Metropolitana
del Colegio de Periodistas alegó que además, ante esa
instancia ética recibí un trato de "imputado"
que es término propio y exclusivo de la jurisdicción penal
y sólo atribuible respecto de quien quede sujeto a
procedimiento, y existan presunciones fundadas que a él le
ha cabido una participación de actor, cómplice o
encubridor en los hechos que se investigan.
Su
apelación fue admitida y finalmente el fallo le fue adverso,
sin posibilidad de recurrir a
la Corte
Suprema
aunque uno de los ministros estimó que había apuntado mal
sus dardos. En la página 8 de la causa 6455, el 21 de
septiembre de 2007 quedo constancia de lo que sigue: Para
resolver sobre la admisibilidad del recurso, pídase informe
al Tribunal de Ética Región Metropolitana del Colegio de
Periodistas y la causa en cuestión. Ofíciese.
Pero
también se registró la disconformidad de uno de los dos
ministros: Se previene que el Ministro Sr. Pfeiffer estuvo
por declarar inadmisible el recurso de apelación, desde
luego, teniendo presente para ello que de conformidad con lo
dispuesto en el Título XVIII de¡ Libro 1 del Código de
Procedimiento Civil, la apelación en su carácter de
recurso ordinario que da origen a la segunda instancia debe
ser interpuesto ante el mismo Tribunal que dictó la
resolución recorrida "para ante" el Tribunal
Superior respectivo, dentro de los plazos y con las
formalidades establecidas por el artículo 189 del citado Código,
requisitos que, en la especie, no fueron observados por el
apelante. El otro ministro fue Juan Manuel Muñoz Pardo, más
el abogado ntegrante Benito Mauriz Aymerich.
Pero
al final, Sánchez perdió ante la unanimidad de los
ministros de la novena sala de
la Corte
de Apelaciones, que el 2 de junio de 2008 fallaron así:
Teniendo presente que el fallo recurrido ha sido dictado
conforme al mérito de los antecedentes de hecho existentes,
en que se funda, y con arreglo a derecho, sin que en la
tramitación de los autos aparezca infringida alguna garantía
jurídica del recurrente, se confirma la sentencia apelada
de veintiuno de agosto de dos mil siete, que se lee a fojas
66 y siguientes. Regístrese y devuélvase.
La Novena Sala de la Corte
de Apelaciones de Santiago fue presidida por la ministro
Dobra Lusic Nadal y conformada por el ministro Mario Rojas
González y la abogado integrante Claudia Chaimovich
Guralnik. Yo Claudio quedó oleado y sacramentado…
http://www.lanacion.cl/prontus_noticias_v2/site/artic/20080618/pags/20080618222544.html