POR CUESTIONES DE FORMA, CORTE ORDENA SOBRESEERLO
DEFINITIVAMENTE EN ESTA CAUSA
En una decisión calificada por la parte querellante como una esquizofrenia
jurídica, el pleno de la Corte Suprema utilizó argumentos de forma para rechazar
el desafuero del ex dictador. Su defensa celebró la resolución.
Por cuestiones de forma, sin entrar en el fondo del asunto, la
Corte Suprema rechazó -por 14 votos a 4- desaforar al general (R) Augusto Pinochet, para
que se investigue su responsabilidad criminal en el doble asesinato del general Carlos
Prats y su esposa Sofía Cuthbert. La resolución fue calificada de esquizofrenia
jurídica y decepcionante por la parte querellante. Y muy celebrada por
la defensa del ex dictador.
La decisión del pleno tomó por sorpresa a los abogados querellantes Carlos Quezada y
Pamela Pereira, y a las hijas del matrimonio ejecutado por la DINA el 30 de septiembre
1974 en Buenos Aires, puesto que, por las últimas señales de la Corte Suprema en las
causas de derechos humanos, esperaban un dictamen que confirmara el desafuero que por 14
votos a 9 ya había concedido el pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago el pasado 5
de enero de 2005.
No obstante, el pleno de la Suprema, sin pronunciarse si en el proceso que instruye en
Chile el ministro Alejandro Solís hay antecedentes que acrediten la responsabilidad
criminal de Pinochet en el doble homicidio, optó por argumentar que como ya una primera
vez en octubre de 2002 el pleno de la Corte de Apelaciones denegó el desafuero respecto
de una solicitud de la jueza argentina María Servini, esto constituyó lo que en derecho
se conoce como el principio de la cosa juzgada, y consideró que el desafuero
de Pinochet nunca pudo volver a pedirse en la causa Prats-Cuthbert.
Conforme a la recta inteligencia (del artículo 617 del Código de Procedimiento
Penal), rechazado un desafuero no puede éste volver a solicitarse, en la medida en que lo
procedente en tal caso es el pronunciamiento de una resolución que sobresea
definitivamente respecto del aforado, argumentó la mayoría del pleno de la Corte
Suprema. Por ello, ordenó al juez Solís que sobresea definitivamente al ex dictador en
este proceso.
El pleno sostuvo que el nuevo desafuero de Pinochet solicitado el año pasado por la
parte querellante, esta vez en el marco de la investigación del juez Solís en Chile,
dice relación con los mismos hechos que en Argentina investiga todavía la
jueza Servini. Por ello, afirma el fallo, debe concluirse que los tribunales
superiores chilenos, respecto de los mismos hechos investigados por el ministro señor
Solís, ya resolvieron rechazar el desafuero del imputado Augusto Pinochet, sin que
interesen ahora las razones jurídicas o de hecho invocadas.
Grave contradicción
Pero a juicio de los querellantes esta decisión del pleno de la Corte Suprema adolece
de una grave contradicción, puesto que fue la misma Sala Penal de esta corte
la que -dos meses después que el pleno de la Corte de Apelaciones rechazó el primer
desafuero en octubre de 2002- dictó una resolución por la cual ordenó que el doble
crimen se investigara por primera vez en Chile, razón por la cual se abrió el proceso
que hoy instruye el juez Solís.
Y eso implicaba, según los querellantes, que era obvio que se pediría un nuevo
desafuero, puesto que el objetivo era incluir a Pinochet en el juicio, además de los
otros seis ex agentes DINA que ya se encuentran procesados por el juez Solís, incluido el
ex jefe de la DINA Manuel Contreras.
Sin entrar en comentarios sobre estas contradicciones, el abogado jefe de la defensa de
Pinochet, Pablo Rodríguez, interpretó el fallo como una decisión que liberó a Pinochet
de responsabilidad criminal en estos hechos. Este fallo establece que no existe
ningún antecedente para encausar al general Pinochet en una causa tan horrible y
espantosa, como lo que se conoció a través de la investigación en Argentina y luego en
Chile, dijo Rodríguez.