Mensaje: 1 Fecha: Wed, 7 Jul 2004 De: Instituto Cono Sur politicaconosur@gruposyahoo.com
Asunto: ENVIO ESPECIAL: LA OPERACION CONDOR Y EL NUEVO DESAFUERO DE PINOCHET
Operación Cóndor: Pinochet tenía
"conocimiento cabal"
La Nación, Miércoles 7 de Julio de 2004
El fallo de 56 carillas en que se da luz verde al desafuero del octogenario militar es
categórico en señalar que el militar en retiro no podía desconocer lo que sucedía bajo
su mando.
Pinochet no podía desconocer la existencia y las actividades que realizaba la DINA
como tampoco de la Operación Cóndor, así lo señala la resolución emanada por la Corte
de Apelaciones de Santiago en que se da luz verde a su desafuero y que un mes luego de ser
votada recién se conoce hoy.
En el escrito, a diferencias de otros en que se había rechazado abrir causa contra el
militar en retiro, se deja a un lado el estado de salud -que sólo es considerado en el
voto de minoría- y se centra en el análisis en la existencia -con pruebas- del plan
Cóndor que no sólo sirvió para intercambiar información de inteligencia, sino que
también para detener y hacer desaparecer a opositores a las dictaduras del cono sur.
La resolución establece "que los antecedentes llevan a inferir que es imposible,
de acuerdo con una noción básica de soberanía nacional, que en el país se haya
efectuado una reunión con representantes de los organismos de seguridad de naciones
latinoamericanas, en la que se adopta acuerdos de cooperación e intercambio de
información, sin que quien en esos momentos comanda el Ejército y gobierna el país con
el título de Presidente de la República, se haya enterado ni dado su aprobación" y
que además "las siguientes informaciones no hacen sino acrecentar las sospechas del
conocimiento cabal y directo que Pinochet tenía de cuanto, en lo que aquí interesa, se
venía actuando".
En el dictamen se recuerda que con la intención de reprimir a opositores a los
regímenes "se crea un organismo no institucional que unía a las policías secretas
de Chile, Argentina, Uruguay, Paraguay, Bolivia, Brasil, Ecuador y Perú, con la finalidad
de identificar a todos aquellos sujetos que eran de una u otra manera considerados
peligrosos por las policías secretas de tales países.
Es así como se reúnen en Santiago de Chile entre el 25 de noviembre y el 1º de
diciembre de 1975 los directores de tales servicios o sus delegados, dando inicio a lo que
se denomina "Operación Cóndor", que en su primera fase tenía por objetivo el
intercambio de información, lo que fue denominado como "almacén de datos" y
que funcionaba en Santiago de Chile, por la que se pretendía un intercambio de
información sobre organizaciones subversivas e identificación de extremistas y personas
contrarias a los regímenes militares dentro y fuera de cada uno de los países".
Añade que luego se pasó a una segunda fase, consistente en el seguimiento de los
dirigentes, militantes o participantes que se habían refugiado en otros países.
Finalmente, la tercera fase fue la de secuestrar y/o eliminar físicamente a las
personas consideradas como enemigos, intercambiando detenidos y obteniendo información de
ellos "por medio de la tortura".
Como pruebas de la existencia del plan Cóndor la Corte señala que en octubre de 1975
mediante una carta "Manuel Contreras Sepúlveda, director de la DINA, saluda al
General de División Francisco Brites, Jefe de la Policía de la República del Paraguay,
en la que lo invita a una Reunión de Trabajo de Inteligencia Nacional que se realizará
en Santiago, entre el 25 de noviembre y 1º de diciembre de 1975", en la misiva se
alude también al carácter secreto de la cita. Se recuerda la existencia de una
"carta de data del 25 de septiembre de 1975 dirigida por Manuel Contreras Sepúlveda,
director de la DINA, al Jefe de Investigaciones del Paraguay Sr. Pastor Coronel, en la que
le agradece la colaboración prestada para facilitar las gestiones relativas a la misión
que debió cumplir personal de la DINA en Paraguay, y en la que le manifiesta, además,
que esta mutua cooperación continuará en forma creciente para el logro de objetivos
comunes entre ambos servicios", la misiva coincide con la detención y traslado a
Chile de Jorge Isaac Fuentes Alarcón, uno de los desaparecidos cuyos familiares
solicitaron el desafuero de Pinochet.
Para ratificar que el octogenario no podía desconocer de estos hechos, el tribunal
recuerda las declaraciones de Roberto Tomás Nicolás Kelly Vásquez, capitán de
navío(R) de la Armada de Chile, "quien señala que puso personalmente en
conocimiento del general Pinochet la carta de respuesta que le envió el general Videla,
entonces Presidente de la República Argentina, al padre de Edgardo Enríquez Espinoza
(numeral II del considerando 4º de esta sentencia), en que le señalaba que éste había
sido detenido por las fuerzas de seguridad de ese país y entregado en la frontera a las
fuerzas de seguridad chilenas. Acota que, luego de leerla, Pinochet le ordenó ponerla en
conocimiento del general Contreras, lo que hizo, habiendo recibido a vuelta de correo una
escueta comunicación en que se reproducía la información aparecida en el diario La
Tercera, de que Enríquez había sido abatido por la policía argentina mientras
huía".
También existe una declaración de Marcelo Luis Manuel Moren Brito, brigadier en
retiro y procesado en innumerables causas de derechos humanos, en que sostiene que
"quien expone que la operación Cóndor era a nivel estratégico y la manejaba el
Presidente de la República, el director de la DINA y un equipo de altos oficiales".
Más aún se recuerda que el propio "Manuel Contreras Sepúlveda manifiesta que en su
calidad de Director Ejecutivo de DINA, sólo recibía órdenes que debía cumplir con la
institución de parte del Presidente de la República.
Esto se explica porque de acuerdo a su normativa legal la Dirección de Inteligencia
Nacional dependía de la Junta de Gobierno; sin embargo, en los hechos, su director,
Manuel Contreras Sepúlveda, se relacionaba jerárquicamente sólo con el Presidente de
ella, Augusto Pinochet Ugarte, de quien era su delegado".
Y añade el texto que Contreras ha indicado que la DINA "tuvo la misión de
extirpar y el de eliminar el extremismo marxista", "cumpliendo al pie de la
letra las órdenes que se me impartieron directamente por el Presidente de la República,
de quien dependía", por lo que "el Presidente sabía exactamente lo que hacía
o no la Dirección de Inteligencia Nacional y su delegado y Director Ejecutivo",
puesto que "no se mandaba solo y que cualquier misión a cumplir tendría que haber
venido, como siempre vino, del Presidente de la República".
El propio Contreras ha expresado que se reunía a primera hora en forma diaria con
Augusto Pinochet, a quien informaba del acontecer nacional y de inteligencia.
Con esta resolución aprobada por 14 votos contra 9, el 28 de mayo pasado se abren las
puertas para que la Corte Suprema, reunida en pleno, se pronuncie sobre el desafuero de
Augusto Pinochet y su responsabilidad en la muerte de víctimas de la Operación Cóndor.
De acuerdo a los querellantes en la causa Pinochet debe ser desaforado y luego
procesado como autor de los delitos de secuestro calificado, asociación ilícita y
torturas de las que fueron víctimas Jorge Isaac Fuentes Alarcón, Juan Hernández Zazpe,
Luis Gonzalo Muñoz Velásquez, Manuel Tamayo Martínez, Edgardo Enríquez Espinoza,
Alexei Vladimir Jaccard Siegler, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Víctor
Oliva Troncoso, Jean Claudet Fernández, Luis Enrique Elgueta, Ricardo Ramírez Herrera,
Héctor Velásquez, Ruiter Correa, Hernán Soto Gálvez, José Luis de la Maza Asquet,
Cristina Magdalena Carreño Araya, José Alejandro Campos Cifuentes y Luis Quinchavil
Suárez.
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Mensaje: 2 Fecha: Wed, 7 Jul 2004 12:11:40 -0400
De: Instituto Cono Sur <politicaconosur@gruposyahoo.com>
Asunto: ENVIO ESPECIAL: ACCION JUDICIAL POR OPERACION CONDOR
La siguiente información fue distribuida por Politica Cono Sur en septiembre del 2001:
Con fecha 11 de septiembre del 2001, en el aniversario del golpe de estado que derrocó
al gobierno constitucional del presidente Salvador Allende, se interpuso en Santiago la
siguiente querella criminal ante el juez Juan Guzmán Tapia (INGRESO CORTE 2182-98):
"BRUCE D. NESTOR, norteamericano, abogado, Registro número 13439 del Estado de Iowa,
Estados Unidos de Norteamérica, representante legal de "NATIONAL LAWYERS GUILD -
U.S.A"; GUSTAVO ADOLFO MEOÑO BRENER, guatemalteco, Director de la Fundación
RIGOBERTA MENCHÚ TUM I.A.P.; BEINUSZ SZMUKLER, argentino, abogado, Presidente continental
de la ASOCIACIÓN AMERICANA DE JURISTAS; MARTÍN ALMADA, paraguayo, abogado; LUZMILA ORTIZ
DE FUENTES, viuda, empleada; RAQUEL ESPINOSA DE ENRIQUEZ, viuda, dueña de casa; DORA
GLADYS CARREÑO ARAYA, casada, ingeniero agrónomo; LIDIA MIRTA CARREÑO ARAYA, labores de
casa, soltera; MÓNICA DEL CARMEN PILQUIL LIZAMA, comerciante, casada; JUAN CARLOS CHAVEZ
PILQUIL, soltero, estudiante; FERMIN MONTES GARCIA, casado, asistente social; ANA MIRYAM
TAMAYO MARTÍNEZ, casada, dueña de casa; EDITH JUDITH MUÑOZ VELÁSQUEZ, casada, técnico
parvularia; HERNÁN FEDERICO MUÑOZ VELÁSQUEZ, casado, contador auditor; HÉCTOR ISMAEL
MUÑOZ VELÁSQUEZ, casado, corredor de propiedades; MARÍA SONIA MUÑOZ VELÁSQUEZ,
casada, técnico parvularia; ANA INÉS MUÑOZ VELÁSQUEZ, casada, educadora; ALEX MAURICIO
MUÑOZ VELÁSQUEZ, casado, microempresario; SERGIO FOILÁN MUÑOZ VELÁSQUEZ, casado,
ingeniero; JESÚS ZAZPE GUZMÁN, viuda, dueña de casa; FLOR EUGENIA HERNÁNDEZ ZAZPE,
casada, profesora; PATRICIA DEL CARMEN HERNÁNDEZ ZAZPE, soltera, auxiliar paramédico;
MARIA TERESA HERNÁDEZ ZAZPE, soltera, secretaria; PEDRO ENRIQUE HERNÁNDEZ ZAZPE,
soltero, constructor metálico; FRANCISCO ANTONIO HERNÁNDEZ ZAZPE, casado, constructor
metálico; GLORIA DEL PILAR HERNADEZ ZAZPE, casada, técnico en vestuario; CECILIA
VERÓNICA HERNÁNDEZ ZAZPE, casada, dueña de casa; JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ ZAZPE, casado,
constructor metálico; VICENTE RUFINO HERNÁNDEZ ZAZPE, casado, técnico electricista;
JUANA ROSA HERNÁNDEZ ZAZPE, casado, técnico en vestuario; PAULA ANDREA HERNÁNDEZ ZAZPE,
soltera, técnico en alimentos; todos domiciliados para estos efectos en calle Phillips
N° 40 Depto N°68, en autos criminales, rol N°2182-98 (Operación Cóndor) a V.S. con
respeto decimos: Interponemos querella criminal en contra de Augusto José Ramón Pinochet
Ugarte, antes individualizado; Henry Kissinger, ex secretario de Estado Norteamericano;
Richard Helms, ex Director de la CIA; Vernon Walters, ex director adjunto de la CIA de
USA; Jorge Rafael Videla, ex presidente argentino; Hugo Banzer, ex presidente de la
República de Bolivia; Alfredo Stroessner, ex presidente paraguayo, actualmente residente
en el Brasil; Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Eduardo Iturriaga Neuman,
Mario Jahn Barrera Rolf, Juan Viterbo Chiminelli Fullerton, todos individualizados en
autos; Ramón Camps ex jefe de la Policía de Buenos Aires; Ibérico Saint Jeant, ex
interventor de la Provincia de Buenos Aires; Sabino Augusto Montanaro, ex ministro del
interior durante el gobierno de Alfredo Stroessner, actualmente residente en Honduras;
Antonio Campos Alum, Director de Asuntos Técnicos Ministerio del Interior de Alfredo
Stroessner; General(R) Alejandro Fretes Dávalos, ex funcionario de Seguridad de la
República del Paraguay; Francisco Bogado F.,ex Director Asuntos Políticos del
Departamento de Investigaciones del Paraguay; Ricardo Bogado Silva, ex agregado militar de
la República del Paraguay en Chile; Rolando González Murdoch, ex embajador del Paraguay
en Chile; Rafael Rivas Velásquez, ex Director del Servicio de Inteligencia Venezolano; y
en contra de todos aquellos que resulten responsables en la calidad de autores, cómplices
o encubridores de crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra, crímenes
contemplados en tratados Internacionales, conspiración para cometer asesinatos,
secuestros, torturas, de asociación ilícita, secuestro agravado, homicidio calificado y
aplicación de tormentos, cometidos por las policías de cada país, conjuntamente con la
Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), concretados y ejecutados por la denominada
Operación Cóndor en contra de CRISTINA MAGDALENA CARREÑO ARAYA, ISMAEL CHÁVEZ LOBOS,
DE FERMIN MONTES GARCIA, MARTÍN ALMADA y su cónyuge CELESTINA PÉREZ DE ALMADA, JORGE
ISAAC FUENTES ALARCÓN; EDGARDO ENRIQUEZ ESPINOZA,MANUEL JORGE TAMAYO GÓMEZ; JUAN
HUMBERTO HERNÁNDEZ ZAZPE y LUIS GONZALO MUÑOZ VELÁSQUEZ [...]." Patrocinan la
querella los abogados Hugo Gutiérrez Gálvez, Juan Bustos Ramírez, Hiram Villagra
Castro, Eduardo Contreras Mella y la habilitada en derecho Zunilda Parra Ayala.
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