Suprema confirma
desafuero a Pinochet
Jueves 26 de Agosto de 2004
11:19
Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
(Lea el texto del fallo al final de esta crónica)
SANTIAGO.- Tras dos horas de deliberación, el Pleno de la Corte Suprema resolvió hoy
confirmar, por nueve votos contra ocho, el desafuero al general (r) Augusto Pinochet, por
su responsabilidad en la denominada Operación Cóndor.
Dicha determinación, adoptada por 17 ministros, fue hecha pública oficialmente por el
relator del Pleno, Juan Cristóbal Mera.
La estrecha resolución fue rechazada por los ministros Hernán Álvarez García, quien
presidió el Pleno, Enrique Tapia, Ricardo Gálvez, Enrique Curi, Jorge Rodríguez,
Humberto Espejo, Orlando Álvarez y Domingo Kokisch.
A favor de ratificar el desafuero al general en retiro estuvieron José Benquis, Alberto
Chaigneau, José Luis Pérez, Urbano Marín, Domingo Yurac, Jaime Rodríguez Espoz, Milton
Juica, María Antonia Morales y Adalis Oyarzún.
La noticia fue recibida con júbilo por casi medio centenar de familiares de detenidos
desaparecidos y abogados de derechos humanos que desde primera hora de esta mañana
esperaban la resolución en el primer piso del Palacio de Tribunales.
En el voto de minoría, los ministros tuvieron presente que "la ley ha sido muy
cuidadosa en prevenir el encausamiento innecesario de un inculpado cuando hay antecedentes
que indican que no podrá existir una sentencia condenatoria como se evidencia en los
artículos 107, 279 y 406 del Código de Procedimiento Penal".
Al respecto, la resolución de dos carillas profundiza que "con mayor razón debe
considerarse esa situación respecto de las personas a quienes la Constitución política
de la República ha concedido una protección especial por tratarse de autoridades
presentes o pasadas para evitar que se dirijan en su contra procedimientos que resultarán
en definitiva inútiles".
Los ministros Alberto Chaigneau, Urbano Marín, Domingo Yurac y Jaime Rodríguez Espoz,
quienes votaron a favor del desafuero, fueron de parecer de sugerir al ministro instructor
de la causa, Juan Guzmán Tapia, que "entre las primeras diligencias que disponga
ordene exámenes siquiátricas del imputado".
Por otro lado, los ministros Milton Juica y Adalis Oyarzún, también a favor del
desafuero, fueron del parecer de que Guzmán ordene exámenes antes de dictar cualquier
diligencia.
La reunión de hoy fue la continuación del maratónico Pleno de ayer, en el que los
magistrados escucharon los alegatos del abogado defensor de Pinochet, Ambrosio Rodríguez,
y de los seis querellantes en la causa, Francisco Bravo, Eduardo Contreras, Juan
Subercaseaux, Juan Pavín, Hiram Villagra y Hugo Gutiérrez.
De esta forma será ahora el ministro Guzmán quien deberá resolver los pasos a seguir en
la investigación que instruye por la Operación Cóndor. Entre las alternativas figura
realizar nuevos exámenes médicos al ex gobernante y someterlo a un interrogatorio, antes
de resolver su situación procesal.
Fallo de la Corte de Apelaciones
Con la resolución de hoy, el Pleno de la Suprema ratificó así el desafuero contra el
general en retiro que la Corte de Apelaciones de Santiago dictaminó, por 14 votos contra
9, el 28 de mayo pasado.
Esa resolución, que se hizo pública el 7de julio, sostenía que el general en retiro
estaba en conocimiento de las acciones que realizaban sus subalternos en Chile y en el
extranjero para neutralizar a los opositores al régimen que encabezaba.
La mayoría de los magistrados de la Corte de Apelaciones no tomaron en cuenta lo relativo
a su posible incapacidad mental, tema que, a su juicio, debe ser ponderado y resuelto por
el magistrado que instruye la causa, el juez Juan Guzmán.
Votaciones anteriores
Desde 2000 a la fecha, el ex senador vitalicio ha enfrentado cuatro peticiones de
desafuero por causas de derechos humanos. La primera de ellas fue por las indagatorias
respecto al caso Caravana de la Muerte de 1973, en la Corte de Apelaciones de Santiago,
por 13 votos contra 9, decidió desaforarlo. Pinochet fue procesado, pero luego
sobreseído por razones de salud.
El segundo pedido, fue por el homicidio del ex Comandante en Jefe del Ejército Carlos
Prats y su esposa en 1974. Dicha solicitud fue rechazada por el tribunal de alzada por 16
votos contra 5.
La tercera solicitud de desafuero fue por la participación de la cúpula del Partido
Comunista en 1976, en el denominado caso Calle Conferencia, la que fue desestimada por la
Corte de Apelaciones, por 16 votos contra 7, también por razones de salud.
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Operación Cóndor
Como "Operación Cóndor" se denomina a la coordinación de los servicios de
información de los regímenes militares del Cono Sur en la década de los setenta,
organización en la que la Dirección de Inteligencia Nacional (Dina) tuvo un rol
protagónico.
Según el informe Rettig, en la coordinación participaron Chile, Argentina, Uruguay,
Paraguay y Brasil. También se ha sumado a Bolivia, por datos posteriores.
En 1975 el operativo logró cierta formalidad con la convocatoria del entonces director de
la Dina, general (r) Manuel Contreras, a sus pares en la región.
Un caso emblemático, considerado como el inicio de la Operación Cóndor, es el asesinato
del ex Comandante en Jefe del Ejército, general (r) Carlos Prats, y su esposa, Sofía
Cuthbert, en Buenos Aires, en 1974.
En Chile, el juez Juan Guzmán encabeza la investigación desde 1998, cuando un grupo de
abogados se querelló por la desaparición de cientos de chilenos que fueron arrestados en
los países vecinos desde 1973 en adelante.
La instancia es investigada también por el juez español Baltasar Garzón y el magistrado
argentino Rodolfo Canicoba.
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Texto oficial de la resolución de la Corte Suprema de Chile:
Santiago, veintiséis de agosto de dos mil cuatro.
Vistos:
Se confirma la sentencia de cinco de
julio pasado, escrita de fojas 3540 a 3597.
Acordada contra el voto de los
Ministros Sres. Álvarez García, Tapia, Gálvez, Rodríguez Ariztía, Cury, Álvarez
Hernández, Espjo y Kokisch, quienes estuvieron por revocar la antedicha resolución y no
dar a lugar al desafuero solicitado, en consideración a los motivos consignados en el
voto de minoría y en la prevención de la Ministra Sr.a Maggi. Tuvieron, además,
presente que la ley ha sido muy cuidadosa en prevenir el encausamiento innecesario de un
inculpado, cuando hay antecedentes que indican que no podrá existir una sentencia
condenatoria como se evidencia en los artículos 107, 279 y 406 del Código de
Procedimiento Penal; por loq eu con mayor razón debe considerarse esa situación respecto
de las personas a quienes la Constitución Política de la República ha concedido una
protección especial, por tratarse de autoridades presentes o pasadas, para evitar se
dirijan en su contra procedimientos que resultarán en definitivas inútiles.
Se previen que el Ministro Sr.
Rodríguez Ariztía concurre a la revocatoria teniendo únicamente en consideración los
fundamentos vertidos en el voto de minoría de la sentencia apelada.
Los Ministros Sres. Juica y Oyarzún estuvieron por ordenar al Ministro instructor que,
antes de cualquier otra diligencia relativa al inculpado, decrete los exámenes aludidos.
Regístrese y devúelvase con sus
agregados.
N° 2966-04 |