De lanacion.cl - 4 enero 2005 Pinochet sigue procesado: perdió en la Suprema
La Sala Penal rechazó la apelación del amparo interpuesto por la defensa de Augusto
Pinochet, con lo que en la práctica mantiene el procesamiento contra el general en
retiro. No obstante, el voto de mayoría nada dice sobre los problemas de salud del
militar y en cambio centra su análisis en el uso equivocado de este recurso para impugnar
el encausamiento.
La peor pesadilla de Augusto Pinochet se hizo realidad. Hoy la Sala Penal de la Corte
Suprema marcó un precedente histórico al ratificar -en fallo dividido- su procesamiento
por su resposabilidad en nueve casos de secuestro y un homicidio en el marco de la
Operación Cóndor.
El dictamen que fue escuchado por familiares de las víctimas y causó la alegría de
estas, fue comunicado por el secretario del máximo tribunal, Carlos Meneses, quien
afirmó que el dictamen se funda en que "se cumplen los requisitos que establece el
Código Penal para rechazar este recurso de amparo".
La Segunda Sala ha confirmado la sentencia apelada de 20 de noviembre de
2004, afirmó Meneses, quien a continuación aclaró que el voto mayoritario fue de
los ministros Alberto Chaigneau, Milton Juica y Jaime Rodríguez Espoz, mientras que la
minoría es decir los que estuvieron por acoger la apelación- son los jueces
Enrique Cury y Nibaldo Segura.
En la resolución en todo caso, el máximo tribunal en su voto de mayoría no entra al
fondo del debate y parte en cambio por señalar cuando se utiliza la fórmula del amparo
para concluir que fluye sin mayor esfuerzo que dicho magistrado (juez Guzmán),
dentro del ejercicio de su jurisdicción resulta ser una autoridad que tiene claramente
competencia, tanto para disponer el procesamiento aludido como ordenar la prisión
consecuente de dicha interlocutoria y no cabe duda que dichas resoluciones se enmarcan
dentro de las formalidades que el debido proceso regula para estos casos y dentro de la
investigación sumarial el Código de Enjuiciamiento Criminal, vigente para tales sucesos,
de manera que a lo menos en esta etapa procesal, no se advierte al disponerse el
procesamiento y la prisión objetada ningún quebrantamiento a la disposición del
artículo 19 N° 3 inciso quinto de la Constitución Política de la República, ni
tampoco a preceptos de normas contenidas en Tratados Internacionales a los cuales nuestro
país se encuentra en la obligación de considerar y respetar conforme lo estatuye el
artículo 5 de la Carta Fundamental.
Añade en su aspecto medular que aceptando lo grave que puede resultar una
resolución de esta naturaleza respecto de un justiciable, es lo cierto que los méritos o
antecedentes que justifican su dictación, siendo impugnable por la vía ordinaria, no
puede ser afectada por la vía extraordinaria del amparo constitucional, si no se advierte
con claridad elemental el quebrantamiento de aquellas causales que señala el artículo
306 del aludido cuerpo procesal y que autorizan la interposición de la acción de amparo.
Dicho de otra forma el recurso utilizado no era la fórmula, a juicio del tribunal, para
impugnar esta resolución.
Y a la hora de evaluar la carta fundamental de reclamos de la defensa de Pinochet, su
estado de salud, el máximo tribunal sostiene que es lo cierto que dicha defensa de
fondo que mira a la imputabilidad del procesado, aun cuando haya sido declarada en otro
juicio por hechos distintos, no puede ser atendida por esta vía extraordinaria, puesto
que aparte de las razones dadas por el juez a quo, en cuanto cree que dicho encausado
puede desarrollar una adecuada defensa en su estado actual de salud y por lo tanto, no lo
estima por ahora enajenado mental para poner término al proceso o extinguir su
responsabilidad criminal, dicha fundamentación defensiva resulta por ahora ajena a la
arbitrariedad o ilegalidad propia en la justificación del amparo, constituyendo una
alegación que debe discutirse en otra sede y dentro de todas aquellas posibilidades que
permite el mismo Código de Procedimiento Penal, en especial en su artículo 684,
cuestión que por lo demás, ha promovido el mismo recurrente y que se encuentra
actualmente pendiente. Por lo que se debe concluir que el procesamiento y prisión
recurrida, aparece dictada, según la convicción del juez a quo, con mérito y
antecedentes que la justifican.
Voto de minoría
La mirada de otros jueces contrasta en un cien por ciento por lo expresado por el voto
de minoría y adelanta desde ya que existen dos votos que acogerían la tesis de su
delicado estado de salud para exonerarlo de responsabilidad penal.
Luego de revisar los aspectos medulares de los tres peritos médicos, los jueces
sostienen que cabe concluir que las afecciones neurológicas que padece el amparado
lo inhabilitan para defenderse procesalmente, y al carecer de dicha aptitud legal
-requisito indispensable para el ejercicio de la garantía constitucional de un debido
proceso que le asiste a toda persona- el encausamiento dictado en su contra aparece
pronunciado fuera de los casos previstos por la ley y justifica fundadamente ser dejado
sin efecto, sin perjuicio de la prosecución de la investigación conforme a las demás
normas procesales pertinentes.
Reacciones
Pero ajeno a este debate jurídico, la Agrupación de Familiares de Detenidos
Desaparecidos, encabezada por Lorena Pizarro, felicitó el dictamen que los aproxima un
paso más hacia la justicia. Yo creo que la defensa va a usar cualquier artimaña
por liberar a Pinochet de esta condena. Nosotros estamos felices, el mundo está feliz,
todos sabemos que Pinochet no puede seguir viviendo en la impunidad. Seguramente los
argumentos que va a esgrimir su defensa van a ser tan vergonzosos como los que utilizó
que aquí el general Pinochet estaba siendo víctima de violaciones a los derechos
humanos. No importa, nosotros hemos esperado 30 años y tenemos Pinochet en la cárcel,
nosotros esperamos que esta resolución sea cumplida.
Mientras, una posición completamente contraria a la resolución, manifestó el
director ejecutivo de la Fundación Augusto Pinochet Ugarte, Luis Cortés Villa, quien
junto con lamentar el dictamen aseguró que ahora estamos marchando directamente a
apurarle el deceso a quien fuera Presidente de Chile.
El militar alertó sobre el perjuicio que puede generar en la salud de Pinochet este
fallo.
Más enérgico fue el abogado del general, Pablo Rodríguez, quien reparó en que esta
misma sala declaró que no tenía aptitud para intervenir en un proceso criminal
razón por la cual se le sobreseyó definitivamente el año 2002".
El profesional hizo hincapié en lo que incomprensible que resulta que el 2005 cuando
su salud ha empeorado no se acoja los mismos postulados del 2002.
A su vez cuestionó la postura de la Suprema con respecto al uso del recurso de amparo
como vía para anular un procesamiento, recordando otros casos en que se ha utilizado esta
vía para dejar sin efecto un auto de reo.
"Nadie en Chile puede ser procesado si no tiene aptitud desde el punto de vista
procesal para ser sujeto pasivo de una acción penal", dijo el profesional, a lo que
agregó que esta resolución constituye un "retroceso desde el punto de vista de los
derechos humanos, de la interpretación del derecho, de las disposiciones constitucionales
que rigen esta materia".
Pinochet juzgado
La decisión del máximo tribunal viene a coronar los pasos de los querellantes en este
proceso. Primero fue la arremetida pidiendo su desafuero, ratificado por la Corte de
Apelaciones y Suprema, y de inmediato el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia inició los
trámites para interrogarlo.
La pesquisa, que como ha sido la tónica en esta causa, sufrió más de un
inconveniente, se concretó en definitiva, pero no estaba todo dicho. Restaba realizar los
exámenes y para ello fueron convocados tres peritos. Y si bien el trámite se desarrollo
sin demasiadas complejidades, el juez Guzmán se tomó un par de semanas antes de
pronunciarse y dictar su procesamiento.
De inmediato vino un recurso de amparo en que la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones
rechazó la petición, para luego dar paso al dictamen definitivo en la Suprema que hoy
mantuvo la decisión de Guzmán: Pinochet es reo.
Tras conocerse esta resolución, los pasos siguientes sería la filiación de Pinochet,
diligencia que el 2001 cuando fue procesado por los crímenes de la Caravana de la Muerte
nunca se realizó.
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